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Convocatoria: Apoyo al impulso de la Agenda 2030 en Entidades locales

DOCUMENTO: Resolución de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030, de 3 de agosto de 2022, por la que se convocan subvenciones destinadas a acciones para el impulso de la Agenda 2030 en las Entidades Locales (BOE, jueves 25 de agosto de 2022)
ÁMBITO: Agenda Urbana 2030
PERIODO PRESENTACIÓN: 15 días hábiles (día 15 de septiembre de 2022)
ENTIDAD: Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030

 

OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva para la financiación de proyectos e iniciativas que promuevan la implementación, la alineación y la localización de la Agenda 2030 en las Entidades Locales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1 de la Orden Ministerial DSA/632/2022, de 23 de junio.

El plazo máximo para ejecutar cada proyecto o iniciativa será de un año a partir de la publicación de la resolución de concesión correspondiente.

 

TIPOLOGÍA AYUDAS
Subvenciones destinadas a subvencionar proyectos o iniciativas relativos a:

  • Elaboración de planes de implementación de la Agenda 2030 en el ámbito local.
  • Proyectos para la adaptación de planes estratégicos municipales a la Agenda 2030.
  • Actuaciones que respondan a las prioridades establecidas en el Plan de implementación de la Agenda 2030 y/u otros planes estratégicos existentes cuyo objetivo sea ofrecer una respuesta en el territorio alineada con la Agenda 2030.
  • Proyectos de sensibilización y concienciación de la Agenda 2030, dirigidas a la ciudadanía local y/o al conjunto de los diferentes actores locales, incluyendo la generación de capacidades.
  • Iniciativas que contribuyan a implementar la Agenda 2030 y a hacer realidad el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el ámbito local.


BENEFICIARIOS
Entidades locales recogidas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Agrupaciones de entidades locales que estén constituidas conforme al artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

GASTOS SUBVENCIONABLES

Costes de personal
Gastos derivados del pago de las retribuciones al personal contratado para el desarrollo del proyecto, así como las del personal, ajeno a la entidad, con contrato de arrendamiento de servicios o que realice una colaboración esporádica. Las retribuciones del personal adscrito al cumplimiento del proyecto subvencionado, únicamente podrán ser objeto de subvención hasta el importe de las retribuciones fijados para los diferentes grupos profesionales en las correspondientes convocatorias.

Actividades
Gastos derivados de la realización del proyecto subvencionado, siempre que se puedan determinar y sean necesarios para la ejecución del proyecto:

  • Artículos de consumo, suministros y servicios generales, que serán subvencionables en base a costes reales incurridos, soportados por facturas.
  • Alquiler de bienes inmuebles utilizados para el desarrollo del proyecto.
  • En el caso de que fuera necesario realizar inversiones en bienes inscribibles en un registro público (adquisición, construcción, rehabilitación y mejora), se deberá justificar el carácter imprescindible de las mismas y su vinculación con la obtención de los logros previstos para la actividad. Estas inversiones no podrán superar el 5 % del total de la subvención solicitada para el proyecto de que se trate y el gasto deberá realizarse dentro del periodo subvencionable que marque cada convocatoria y al menos seis meses antes de la fecha de justificación.
  • Dietas y gastos de viaje - Gastos de adquisición o alquiler de material inventariable y bibliográfico necesarios para la realización del proyecto.
  • Material fungible como papelería, consumibles u otros.
  • Los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales o registrales, los gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado, incluido el informe del auditor del proyecto subvencionado, así como los de administración específicos.
  • Otros gastos, tales como los de publicidad y difusión de las actividades realizadas, de prestación de servicios profesionales ligados a la realización del proyecto, u otros relacionados directamente con la actividad subvencionada.

 

CUANTÍAS DE LAS AYUDAS
La cuantía máxima de la convocatoria asciende a 4.800.000 (cuatro millones ochocientos mil euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 29.07.921Y.460 que se distribuirán en los siguientes tramos:

  • 1.500.000,00 € para proyectos para presentados por entidades locales o agrupaciones de entidades locales con una población igual o inferior a 20.000 habitantes.
  • 3.300.000,00 € para proyectos presentados por entidades locales o agrupaciones de entidades locales con una población superior a 20.000 habitantes.

Se podrán subvencionar proyectos con una cuantía mínima solicitada de 30.000,00 € y máxima de 400.000,00 €.

Criterios objetivos Puntuación (máxima)
Diseño global de la implementación. Calidad técnica y sostenibilidad del proyecto 35 puntos
Objetivos y lógica de intervención bien definidos y realistas. 5 puntos
Los costes de las acciones propuestas son adecuados a las actividades y proporcionales a los resultados esperados. 5 puntos
Viabilidad de las soluciones y de las acciones propuestas. 5 puntos
Iniciativas innovadoras. 5 puntos
Aportación de medios propios y cofinanciación. 5 puntos
Sostenibilidad del proyecto más allá del período de ejecución. 10 puntos
Pertinencia del proyecto en base a la realidad local y los desafíos principales existentes para el cumplimiento de la Agenda 2030 40 puntos
Adecuación de los objetivos del proyecto al objeto de las subvenciones. 5 puntos
Población que representa la Entidad Local, según la siguiente escala:
1. Hasta 20.000 habitantes.
2. Hasta 50.000 habitantes.
3. Más de 50.000 habitantes.

10 puntos
8 puntos
5 puntos
Alineamiento y contribución a las prioridades de la Estrategia de Desarrollo Sostenible 2030. 5 puntos
Valoración el abordaje adecuado de las recomendaciones de Naciones Unidas vinculadas con la elaboración del Plan de Localización de la Agenda. 20 puntos
Adecuada caracterización y justificación del impacto social, económico y/o medioambiental del proyecto en base a los principales retos y problemas existentes en el territorio. 15 puntos
Contribución del proyecto a resolver problemáticas que afecten a grupos de población y/o colectivos en situación de especial vulnerabilidad social. 5 puntos
Colaboración y alianzas innovadoras, multiactor y/o multinivel con otras entidades. 25 puntos
La participación conjunta de varias entidades locales en el proyecto y/o agentes locales. 10 puntos
Participación de la entidad solicitante en la Red de Entidades Locales para la Agenda 2030. 15 puntos

 

PAGO DE LA SUBVENCIÓN Y CRITERIOS PARA LA CUANTÍA INDIVIDUALIZADA

  • La cuantía de las subvenciones será proporcional a la puntuación obtenida por los beneficiarios en sus proyectos, conforme a los criterios de valoración fijados y al presupuesto solicitado.
  • El importe de la subvención no podrá superar en ningún caso las cuantías máximas establecidas para cada proyecto subvencionado.
  • Sólo se podrán subvencionar proyectos cuyo coste total sea igual o superior al importe mínimo que establezca expresamente la correspondiente convocatoria de subvenciones.
  • Las subvenciones a que se refiere esta orden se concederán en régimen de pagos anticipados, con el límite que, en su caso, pudiera establecer cada convocatoria.

 

DOCUMENTOS DE INTERÉS Y ENLACES

 

Descargar ficha

 

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